Como ya sabemos los amantes de la maquinaria pesada, los puertos son un lugar de concentración de maquinaria portuaria, tecnología, mercancía, trabajadores y barcos de toda índole, desde las más avanzadas tanto en tamaño como en tecnología hasta las menos evolucionadas. Esto a veces crea situaciones de riesgo, ya sea por la máquina en si o por la mercancía a tratar que pueden ser sustancias peligrosas en la gran mayoría de los casos. En esto es precisamente en lo que nos queremos detener en este nuevo post.
Para evitar las situaciones de riesgo extremo que a veces se producen en los puertos se ha creado un plan de actuación, entre las diferentes asociaciones y el Ministerio de Fomento. A este plan de actuación y seguridad deben acogerse Capitanías Marítimas, Autoridades Portuarias y Administraciones locales y autonómicas, su nombre es Sistema Nacional de Respuesta.
En el SNR se regulan los planes de actuación en caso de accidentes, así como los medios humanos y materiales disponibles tanto para actuar en caso de accidente, como para evitar que estos se produzcan.
A su vez se producen numerosos accidentes de impacto ambiental en las aguas al tratar en los puertos con sustancias potencialmente peligrosas como hidrocarburos. Para ello se crea el Plan Interior Marítimo, también llamado por las siglas PIM.
Estos planes PIM luchan contra la contaminación ya sea marítima, atmosférica o terrestre, no solo en el puerto en si, si no en las zonas bajo influencia de la autoridad portuaria correspondiente. También regulan a su vez las diferentes competencias de las administraciones.
Las tres funciones básicas del PIM son:
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Prevenir el riesgo de accidentes y reducir el número de emergencias.
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Minimizar daños en instalaciones, maquinaria portuaria y personas, así como en el entorno.
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Informar tanto a las autoridades como a la población.
A parte de esta normativa en España, debemos destacar la normativa internacional. Convenio Internacional sobre Cooperación, Preparación y Lucha contra la contaminación por Hidrocarburos (OPRC ´90).